Espiar el móvil de mi hijo adolescente… ¿Sí o no? Colaboración con el diario QUÉ!
No podemos entender un adolescente sin su teléfono móvil. Nos guste o no, el aparato es su anclaje al mundo. Y las redes sociales sus apéndices. Ahora bien: ¿Puede un menor inmaduro explorar en solitario la realidad a través de internet? Los profesionales de la psicología y la educación aseguran que no. ¿Significa eso que debo espiarle? Es mejor no llamarlo así, dicen los expertos. Cambiar el término por ‘acompañar’ o ‘tutelar’. Resulta revelador que el Tribunal Supremo, con una sentencia, haya avalado que los padres ‘fisguen’ el Facebook de los hijos
Padres y madres ‘coraje’ agobiados por sus hijos, por lo qué harán y lo que no en internet durante un montón de horas. Y un dilema que no resulta disparatado: ¿Puedo y debo espiar a mi hijo? La palabra mágica es ‘sentido común ‘. Básicamente, la mejor de las guías para afrontar el reto de educar a chicos cuyas cabezas chisporrotean de estímulos y de impactos negativos y positivos.
Todos los expertos consultados coinciden en un cuestión: Control, tutela y acompañamiento no es, en ningún caso, espiar a nuestro hijos. «Es más, saber lo que hacen los menores es una obligación moral y legal como padres. Y eso no es espiar en el caso de las redes sociales y sus perfiles públicos. Otra cosa sería entrar en un diario que el menor guarda con un candado», asegura la psicóloga Silvia Álava, del gabinete Álava-Reyes. «La clave es precisamente eso, el respeto a la intimidad. Pero, ojo si tenemos fundadas sospechas de que ocurre algo malo con nuestro hijo, como por ejemplo el ‘ciberbuying’ o acoso sexual, debemos intervenir, conocer y en su caso denunciar. Hay límites parta la intimidad de un menor», zanja Valentín Martínez-Otero, psicólogo y pedagogo, y autor del libro ‘El discurso educativo’.
Si uno se pregunta si la Ley española avala su forma de ‘espionaje’ a los hijos, la respuesta es que sí. Aunque efectivamente el término no sea el mejor, y pese a que ocurra en circunstancias especiales, con claros indicios de peligro. ¿Qué queremos decir? El Tribunal Supremo avala en una reciente sentencia que el deber de tutela prevalece sobre el derecho a la intimidad en casos como el acoso sexual. Y eso incluye que los padres controlen elFacebook de los hijos. O sea, que nuestro deber de guarda y amparo justifica ciertos controles.
Y la resolución tiene especial relevancia por que sienta jurisprudencia ante los dilemas que se plantean a los magistrados en los órganos judiciales. Considera que los padres de la menor no podían inhibirse ante la sospecha fundada de que su hija estaba siendo objeto de dicho acoso.
Lo que ocurrió en este caso fue que un mayor de edad sospechoso de haber acosado sexualmente a una menor de 13 años mantuvo contactos ilegales con ella e intercambió material de contenido sexual. Fue condenando a tres años de prisión por un delito de abuso sexual a una menor y una multa de 8.000 euros por cinco delitos de exhibicionismo cometidos con otras tantas menores por medio de Facebook. Pero el acusado aseguró que las pruebas en su contra se había conseguido de manera ilícita. ¿Ilícita? Sí. Y es que un día cualquiera, la hermana de la menor acosada entró en su habitación y descubrió a su hermana viendo fotos de un hombre desnudo. Pudo ser esta hermana la que le proporcionó a la madre la clave de acceso que utilizaba la chica en Facebook. La mujer entró en el perfil de su hija y comprobó que un acosador le estaba proponiendo relaciones sexuales.
«Todos los padres consideramos que la calle, al menos ciertas calles, pueden resultar peligrosas para nuestros hijos. De tal modo que no les dejamos ir solos o a ciertas horas. Pues bien, internet y las redes sociales pueden ser tan peligrosos o más. Por eso los padres tienen que conocer, han de saber de la actividad de sus hijos en la red y ejercer cierto acompañamiento», asegura la psicóloga Silvia Álava.
¿Y el derecho a la intimidad? «¿Qué intimidad? Tenemos que decir a nuestros hijos que los contenidos que ellos suben en una red social abierta no es suyo. Legalmente, es de la empresa, del dueño de la plataforma que utilizan. En mi opinión, el deber de tutela obliga los padres a ese seguimiento. Mucho más si sospechan algo, como en el caso de la sentencia. Ahí hay que actuar», zanja esta terapeuta.
¿Significa eso que tengo todo el derecho del mundo a bucear en la vida de mi hijo? «Evidentemente no. Al menos, dicho así. La sentencia hay que contextualizarla y es entendible en situaciones extraordinarias. El comportamiento de la madre en ese caso es vital. Necesario. En casos mucho más normales y sin evidentes sospechas, los padres han de controlar, conocer y acompañar a sus hijos. Sin llegar, directamente a la intromisión. Eso puede crear un ambiente irrespirable y contraproducente en casa».
La Sala Penal subraya que, como regla general, los menores tienen derecho a que se respete su intimidad, y una menor de 15 años en pleno uso de sus facultades «tiene que otorgar el consentimiento a los padres o tutores» para que éstos puedan desvelar sus mensajes. Ahora bien, también resalta que«esos espacios de privacidad e intimidad» pueden «ceder en presencia de otros intereses constitucionalmente protegibles». ¿Qué ocurrió en el caso grave que nos ocupa? Muy sencillo. Al ser la madre de la víctima quien accedió a los mensajes sin que su hija le dijera que no expresamente, su acción fue absolutamente legal por ser «titular de la patria potestad de la menor» con obligación de actuar para la guarda y amparo de la menor.
«Tenemos que pensar, además, que los últimos responsable de lo positivo o negativo que haga un menor en internet y en otros ámbitos de la vida son sus padres o tutores. Sería injusto que no pudieran velar pro actos de terceros, aunque sean los hijos, si después ellos pueden ser considerados responsables. Por eso, siempre un consejo: hablar, hablar y hablar con nuestros hijos», asegura la psicóloga Silvia Álava.
Lo más curioso llega al final de la sentencia que nos ocupa. La Ley no puede «hacer descansar en los padres unas obligaciones de velar por sus hijos menores y al mismo tiempo desposeerles de toda capacidad de controlar en casos como el presente». O sea, que la madre actuó como debía.
En otros casos, mesura, templanza, interés y dedicación. Y, lo dicho, una amplísima dosis de sentido común.
FUENTE: Diario Qué!
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